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| Conferencia Informativa |
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Con motivo de lo establecido en el convenio general de la construcción 2007- 2011 y la Resolución de 3 de marzo de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo estatal del sector del metal que incorpora nuevos contenidos sobre formación y promoción de la seguridad y la salud en el trabajo y que suponen la modificación y ampliación del mismo y en cumplimiento de lo establecido en ambos convenios en materia de prevención de riesgos laborales, se convoca a todas las empresas que estén sujetas a lo establecido en este convenio para informarles de los siguientes aspectos que serán obligatorios a partir del 01/01/2012:
-Explicación de lo establecido en los convenios tanto de construcción como del metal en materia de prevención de riesgos laborales.
-Obligaciones de las empresas en materia de prevención de riesgos laborales.
-Información sobre la obtención de la T.P.C. (tarjeta profesional de la construcción y tarjeta profesional del la construcción en el sector del metal, obligatoria a partir del 01/01/2012.)
-Obligaciones que tienen que cumplir las empresas para la inscripción o renovación del R.E.A.
- Formación en materia de prevención de riesgos laborales que deben tener los trabajadores pertenecientes a las empresas encuadradas dentro del convenio de la construcción.
-Cursos bonificados mediante créditos de la seguridad social. Funcionamiento de los cursos bonificados a través de créditos. Convalidaciones de cursos de formación ya realizados por los trabajadores.
-Infracciones y sanciones por el incumplimiento de lo establecido en el convenio de la Construcción, así como las posibles sanciones que se deriven del incumplimiento de lo establecido en la ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales de 8 de noviembre.
Como nota aclarativa de los expuesto con anterioridad, decir que existen ciertas actividades que aún estando incluidas dentro del sector del metal no están obligadas a estar inscritas en el REA, ejemplo de estas empresas son los talleres de reparación de vehículos, aunque si deberán cumplir con todos los demás requisitos en materia de prevención de riesgos laborales referente a la formación de los trabajadores.
Para aclarar todas estas dudas, el próximo martes, 18 de octubre, a las 20:30 horas, en el salón de ADEPO, celebraremos una charla informativa, a cargo de D. Manuel Jesús Espejo Gómez, Técnico Superior en Prevención de Riesgos laborales, en la que todos los asistentes podrán informarse de estas obligaciones y aclarar cuantas dudas tengan sobre el tema. Rogamos confirmar asistencia antes del 14 de octubre, viernes.
Sectores que se ven afectados por esta normativa ( Empresas de construcción en general, empresas de movimiento de tierras, excavaciones, sondeos, de pintura, electricidad, fontaneros, carpintería de madera, cristalería, empresas de trabajos forestales, tala de pinos, etc).
En el sector del metal, carpintería metálica, de aluminio, hierro, etc. En general todas las empresas que puedan entrar en obra o bien que puedan ser subcontratadas para la realización de una obra.
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